jueves, 6 de noviembre de 2014

Ley Emilia N° 20.770

Para introducirnos en esta ocasión, el presente informe está enfocado, a la  conocida ley Emilia, una normativa legal que nació de una petición ciudadana y lleva el nombre de Emilia por la menor fallecida en un accidente de transito, Emilia Silva Figueroa, que se encuentra vigente desde el 16 de septiembre del 2014, es una modificación en la ley de tránsito, en cuanto a conducir en estado de ebriedad, fue respaldada en el senado por 29 votos a favor.
Mi posición frente a esta ley, es totalmente de apoyo, considero que es justa y necesaria, ya que existen un sinnúmero de individuos irresponsables al momento de conducir bajo los efectos del alcohol, que no toman conciencia de los daños que pueden llegar a ocasionar a terceras personas, creo firmemente que esta ley debería ser considerablemente más severa en cuanto a las sanciones que se cursan cuando es cometida la infracción.  
La aprobación de la Ley Emilia es la decisión del Estado de Chile de endurecer las sanciones a quienes conducen en estado de ebriedad (bajo influencia del alcohol es de 0,3 a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre; y estado de ebriedad es superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre) y producto de su negligencia e imprudencia provocan la muerte o lesiones graves en sus víctimas.

Los efectos de esta ley son una clara señal de que no se pueden conducir vehículos cuando se toma alcohol, y quien lo haga se expone a durísimas sanciones e incluso con cárcel.

Los cambios se refieren al aumento de las penas, la creación de un delito especial para quien huye del lugar del accidente y la obligación de que el condenado por estos delitos a lo menos debe pasar un año en la cárcel.

Estos cambios son producto de un hecho que venía repitiéndose durante los últimos años cual es que los autores de la muerte o lesiones graves de una persona por conducir en estado de ebriedad, en la práctica quedaban impunes, esto es, en libertad recibiendo penas bajísimas lo que obviamente generaba frustración e indignación en las propias víctimas y sus familiares.

Otro cambio relevante es que el juez no podrá salirse del marco de penas que fija la ley, esto es en casos de atenuantes puede aplicar el rango inferior y en casos de agravantes el rango superior. Es decir, no puede bajar la pena del mínimo que el legislador estableció ni subir más allá el máximo que se establece. Esto último existe en las mayorías de las legislaciones modernas, para evitar que por la vía de las atenuantes la pena baje al punto que prácticamente no existe sanción para el culpable de estos delitos.
Finalmente se limita la posibilidad de que el juez pueda aplicar una medida alternativa consistente en cumplir la pena en libertad, esto es sustituyéndola por la de cárcel efectiva. Esta limitación consiste en que el condenado por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte o lesiones graves solo puede optar a la pena alternativa de cumplimiento en un medio libre una vez que haya cumplido un año efectivo de cárcel.

Sin duda esta es una legislación dura, pero a nuestro juicio son penas justas porque estamos en presencia de una conducta grave en la que una persona voluntariamente y en forma negligente asume que puede conducir y producto de esa acción temeraria ocasiona lesiones graves o la muerte de una persona.

(Senado, 2014)
Sin embargo existen familias que por su estatus social no consiguen justicia, una justicia justa que deberían obtener los afectados, un ejemplo muy claro es el del  conocido caso del arquero Jonny Herrera, que ya ha cometido dos veces la misma infracción con resultado de muerte y que jamás ha cumplido con pena de cárcel. Pero también existen casos que quedan impunes, viéndose vulnerados los derechos de justicia de los familiares de los fallecidos.  Aunque se castiga a quienes provocan accidentes tras haber consumido alcohol y manejar en estado de ebriedad, familiares de otras víctimas critican que no se haga lo mismo con quienes manejan irresponsablemente a exceso de velocidad, es un punto que deja pendiente la ley Emilia.
La nueva normativa legal nació de una petición ciudadana y lleva el nombre de Emilia por la menor fallecida Emilia Silva Figueroa. Representa a muchas familias y amigos que han perdido un ser querido a causa de un conductor irresponsable con alcohol. Con la nueva Ley, que se encuentra vigente desde el 16 de septiembre de 2014, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. De esta forma, la Ley Emilia complementa la Ley Tolerancia Cero que entró en vigencia el año 2012, bajando los límites de alcohol permitidos en la sangre para los conductores y aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad.
En conclusión, en chile se ha modificación la ley del tránsito, por el delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte, “Ley Emilia”, donde entra en vigencia días antes de la semana de fiestas patrias de este mismo año, tiene como finalidad reducir las cifras de accidentes de tránsito y las tragedias que estos provocan, la cual acoge  a miles de familias que se ven envueltas en una tragedia, el cambio legal se traduce en un aumento de las penas, sancionando con cárcel efectiva de, al menos, un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. En el caso de que se ocasione la muerte o lesiones graves o gravísimas será de 3 años y un día a 5 años, multa, comiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir. En los casos de reincidencia, conductor profesional en el ejercicio de sus funciones o conducción con licencia cancelada o inhabilitada se le otorgará connotación de delito calificado, con pena de 5 años y un día a 10 años. Asimismo, se establece el delito por fuga del lugar del accidente, aumentando la penalidad.